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DECRETO 166/2005, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza a la Comarca de la Comunidad de Calatayud, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.

Publicado el 05/08/2005 (Nº 94)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

DECRETO 166/2005, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza a la Comarca de la Comunidad de Calatayud, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.

La Comarca de la Comunidad de Calatayud, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 26 de julio de 2005,

DISPONGO:

Artículo único.-Se autoriza a la Comarca de la Comunidad de Calatayud, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:

Escudo: cuadrilongo de base convexa, de proporción 6:5; que trae, de azur, un escusón de base conopial con el Señal Real de Aragón, timbrado de corona real abierta de oro y acompañado en los cantones del jefe y en la punta de tres Ces capitales de plata; el jefe, de 1/6, con el Señal Real de Aragón (de oro, cuatro palos de gules). Al timbre, corona abierta, de doce florones, seis visibles, con perlas, y cuatro flores de lis, tres visibles, con rubíes y esmeraldas en el aro, en proporción con el escudo de dos y medio a seis, que es el timbre del Escudo de Aragón disminuido.

Bandera: paño de proporción 2/3, nueve fajas iguales, amarillas (cinco) y rojas (cuatro) alternas; y en el ángulo superior al asta, un cuadrado curvilíneo en losange, inscrito en las cinco franjas superiores, con el campo azul, y un escusón de base conopial con el Señal Real de Aragón, timbrado de corona real abierta amarilla y acompañado en sus flancos y bajo la punta de tres Ces capitales blancas.

Zaragoza, 26 de julio de 2005.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA

ESCUDO Y BANDERA DE COMUNIDAD CALATAYYUD